El modelo 210 es la declaración del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) que presenta cada año quien tiene una vivienda en España y vive fiscalmente en otro país. Aunque no la alquile, Hacienda le imputa una renta del 1,1 % o el 2 % del valor catastral y cobra un 19 % sobre ella si reside en la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein, o un 24 % en el resto de casos, por ejemplo si es británico o estadounidense.
Desde las rentas de 2026 cambian además los plazos: la Orden HAC/623/2026, publicada en el BOE el 23 de junio, retrasa la declaración de la renta imputada y pasa los alquileres con cuota a pagar a una declaración en abril del año siguiente. Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un asesor fiscal.
¿Quién tiene que presentar el modelo 210?
Cualquier persona que no sea residente fiscal en España y obtenga aquí rentas sin establecimiento permanente. Para un propietario de vivienda, eso significa tres situaciones: tener la casa a su disposición sin alquilarla (renta imputada), alquilarla (rendimientos del alquiler) o venderla (ganancia patrimonial). Eres residente fiscal en España, y no presentas el 210, si pasas aquí más de 183 días al año o tienes aquí el núcleo de tus intereses económicos.
¿Cuánto paga un no residente por una vivienda vacía?
Por la vivienda que no alquilas se declara una renta imputada: el 1,1 % del valor catastral si este se revisó en una valoración colectiva con efectos desde 2012, o el 2 % en los demás casos. Sobre esa cifra se aplica el tipo del 19 % o el 24 %, sin poder deducir ningún gasto, y la renta se prorratea por los días del año en que fuiste propietario.
| Valor catastral | Renta imputada (1,1 %) | Cuota residente UE (19 %) | Cuota fuera de la UE (24 %) |
|---|---|---|---|
| 80.000 € | 880 € | 167,20 € | 211,20 € |
| 150.000 € | 1.650 € | 313,50 € | 396 € |
| 300.000 € | 3.300 € | 627 € | 792 € |
El valor catastral aparece en el recibo del IBI. En la Costa del Sol suele ser muy inferior al precio de mercado, por lo que para la mayoría de pisos el impuesto anual de una vivienda vacía se queda en unos cientos de euros.
¿Cómo tributa un no residente si alquila su vivienda?
Si la alquilas, ya no hay renta imputada por esos días: tributas por lo que cobras. La diferencia entre residentes de la UE y del resto del mundo es grande. Un residente en la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein tributa al 19 % sobre el rendimiento neto, después de deducir gastos como el IBI, la comunidad, los suministros, el seguro, las reparaciones y la amortización. El resto paga el 24 % sobre los ingresos íntegros, sin deducir gastos según la normativa vigente.
| Situación | Base | Tipo |
|---|---|---|
| Vivienda vacía, cualquier no residente | 1,1 % o 2 % del valor catastral | 19 % UE/EEE · 24 % resto |
| Alquiler, residente UE/EEE | Ingresos menos gastos deducibles | 19 % |
| Alquiler, resto (Reino Unido, EEUU…) | Ingresos íntegros | 24 % |
| Venta de la vivienda | Ganancia patrimonial | 19 %, con retención del 3 % del precio |
Con un alquiler de 12.000 € al año, un propietario alemán con 4.000 € de gastos justificados pagaría unos 1.520 € (19 % de 8.000 €), mientras que uno británico pagaría 2.880 € (24 % de 12.000 €). Para el alquiler vacacional hay que sumar el registro turístico de Andalucía y, desde el 1 de diciembre de 2026, el IVA previsto para los alquileres amueblados de hasta 30 noches.
¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 210?
La Orden HAC/623/2026 cambia los plazos de las rentas inmobiliarias a partir de las devengadas en 2026. Así quedan:
| Tipo de renta | Rentas de 2025 | Rentas de 2026 en adelante |
|---|---|---|
| Renta imputada (vivienda no alquilada) | 1 de enero a 31 de diciembre de 2026 | 1 de abril a 31 de diciembre del año siguiente (hasta el 23 de diciembre si domicilias) |
| Alquiler con cuota a pagar | Trimestral: 20 primeros días de abril, julio, octubre y enero | 20 primeros días de abril del año siguiente, separado o agrupado |
| Declaración de cuota cero | 1 al 20 de enero del año siguiente | 1 al 20 de enero del año siguiente |
| Venta de la vivienda | Tres meses tras el mes siguiente a la venta | Sin cambios |
En la práctica, la renta imputada de 2026 se declarará entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2027, y los alquileres de 2026 con cuota a pagar, del 1 al 20 de abril de 2027. Según la disposición final de la orden, para los alquileres declarados de forma separada el cambio se aplica a los del último trimestre de 2026, así que los de los tres primeros trimestres mantienen su plazo trimestral. El nuevo formulario se usa en todas las declaraciones presentadas desde el 1 de enero de 2027.
¿Cómo se presenta el modelo 210?
Se presenta por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o a través de un representante, y se paga con cargo a una cuenta en España o en otro país de la zona SEPA. Si sois varios propietarios, cada uno presenta su propio 210 por su porcentaje, y cada vivienda va en una declaración distinta. La mayoría de los propietarios no residentes lo delega en un asesor fiscal en España.
Conclusión
El modelo 210 no es caro para una vivienda vacía, pero es obligatorio cada año y se acumulan recargos si se olvida. Antes de comprar en la Costa del Sol, calcula también este coste anual junto al IBI y la comunidad. En EVS Property te ayudamos a estimar los gastos de mantener tu vivienda como no residente y te ponemos en contacto con asesores fiscales de confianza en Málaga y Marbella.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el impuesto de no residentes en España?
El tipo general es del 24 %, y del 19 % para residentes en la UE, Islandia, Noruega y Liechtenstein. Por una vivienda vacía se paga sobre el 1,1 % o el 2 % de su valor catastral, lo que en la mayoría de pisos de la costa supone unos cientos de euros al año.
¿Cómo saber si soy residente fiscal en España?
Lo eres si pasas más de 183 días del año natural en España, si aquí está el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos, o si aquí viven tu cónyuge no separado y tus hijos menores, salvo prueba en contrario. Si lo eres, declaras el IRPF y no el modelo 210.
¿Qué pasa si no presento el modelo 210?
Hacienda puede reclamarte la cuota con recargos por presentación fuera de plazo o, si la detecta ella, con una sanción. Las deudas de no residentes con una vivienda en España son fáciles de localizar a través del Catastro, y el notario las tiene en cuenta cuando vendes.
¿Pagan los británicos más impuesto de no residentes desde el Brexit?
Sí. Al dejar de ser residentes en la UE, pasan del 19 % al 24 % y, si alquilan, ya no pueden deducir los gastos de la vivienda, de modo que tributan sobre los ingresos íntegros.



